Ingreso mínimo vital: en qué consiste y cómo ha salido en otros países

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El ingreso mínimo vital (IMV) es una medida de protección social que actúa como colchón para colectivos vulnerables y cuya finalidad a largo plazo es ayudarles a reintegrarse en el mundo laboral para alcanzar un nivel aceptable de estabilidad económica.El 1 de junio de 2020, y acelerado a raíz de la crisis de la COVID-19, se puso en marcha el IMV a nivel español a través del Real Decreto-ley 20/2020.

Este ligero aumento del gasto en protección social, equivalente al 0,3% del PIB español, aún queda muy lejos de la media de la zona euro o la UE-27. Aunque necesario en política social, el IMV, tal y como está construido, ha hecho que algunos expertos en rentas lo consideren “una subvención para pobres” y una medida económica aún muy baja comparada con la tomada en otros países.

El decreto ataca muchos de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS): fin de la pobreza, hambre cero, salud y bienestar, trabajo decente, reducción de las desigualdades… Sin embargo, lo cierto es que el impacto se espera que sea bajo debido a su ‘corta’ cuantía. 3.000 millones de euros son una cantidad notable, pero reducida en política social.

¿Qué es un ingreso mínimo vital?

Cuando hablamos de rentas garantizadas surgen dudas. La doctora en Economía Lucía Gorjón, cuyo artículo ‘Renta básica universal y renta mínima’ aborda una serie de definiciones imprescindibles para entender estas rentas, variaciones, características y retos, explica que “el IMV es una renta mínima (RM) en forma de prestación mensual […] cuyo objetivo es reducir la pobreza otorgando un ingreso que permita cubrir las necesidades básicas”. Aunque matiza que existen objetivos no inmediatos, como la reinserción laboral.

Gorjón marca diferencias con la renta básica universal (RBU) o renta incondicional, pues esta “es una transferencia monetaria a todas las personas independientemente de su situación económica, si quieren trabajar o no, el tamaño del hogar, etcétera, y se otorga periódicamente sin fecha fin”.

Andoni Montes, investigador en el Instituto Complutense de Estudios Internacionales (ICEI), añade que “se está confundiendo mucho durante estos meses la renta básica con la renta mínima” cuando “el IMV no es universal”. Confirma que el IMV es “una política income-tested o means-tested (vinculada a los ingresos y a un objetivo) […] enfocada a quien cumple unos requisitos de ingresos y/o patrimonio”. Es decir, una renta condicionada.

¿Hace falta un IMV en España?

“El principal rol social que cumple el IMV en España es el de cubrir una brecha enorme que tenía nuestro estado del bienestar con un grupo amplio de población que no tenía ningún tipo de cobertura”, apunta Alberto Tena, politólogo madrileño ahora doctorando en la Universidad Autónoma Metropolitana (México).

Este experto destaca que, más allá de ser una medida que trabaja en la vertiente económica, el IMV se convierte en “una red de seguridad para dar a una mayoría de ciudadanos la tranquilidad vital”, así como “una declaración de intenciones de que esta vez no queremos dejar a nadie atrás como comunidad política”.

“El principal rol social que cumple el IMV en España es el de cubrir una brecha enorme que tenía nuestro estado del bienestar»

Pero las rentas mínimas no son algo reciente, como recuerda Tena: “Tenemos toda una serie de rentas mínimas autonómicas (muy diferentes en cada territorio) pero que apenas llegan a cubrir a quienes lo necesitan, y que en todo caso mayoritariamente estaban a la cola de este tipo de prestaciones en Europa (con la excepción de País Vasco y Navarra)”.

Los presupuestos autonómicos en rentas mínimas ya rondaban los 1.500 millones de euros en 2019, y la barrera de los 3.000 millones del IMV “no era de sostenibilidad económica, sino ideológica y de percepción social”. Tena señala que la COVID-19 probablemente haya abierto “una ventana de oportunidad en este sentido, ya que más gente entiende lo vulnerable que puede ser la economía ante circunstancias imprevistas”.

YA EXISTÍA, PERO AHORA SE CENTRALIZA

Daniel Raventós, presidente de Red Renta Básica, confirma al teléfono que “la novedad del IMV es que se hará de forma centralizada” en lugar de hacerlo por comunidades. “En algunos aspectos se ha intentado copiar las condiciones del País Vasco, aunque en otros las ha empeorado y, además, las cantidades del IMV son muy inferiores a las del País Vasco”.

«El IMV se convierte en una declaración de intenciones de que esta vez no queremos dejar a nadie atrás como comunidad política»

Según la publicación del BOE en su Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, el IMV se considera una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que vivan solas o integradas en una unidad de convivencia, cuando se encuentren en una situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas”.

Es, a falta de una expresión mejor, una inversión en las personas que evita un coste social y económico mayor en el futuro, articulada como un derecho de acceso a renta. La determinación de la cuantía se realiza basándose en las tablas disponibles en los anexos I y II, que resumimos a continuación, y que definen la vulnerabilidad económica.

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¿Quiénes pueden solicitarlo?

Hay cuatro requisitos básicos (con excepciones) que han de cumplirse para tener acceso al IMV:

  1. Tener residencia legal y efectiva en España y haberla tenido de forma ininterrumpida al menos 1 año cuando se pide la prestación.
  2. Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica.
  3. Los mayores de edad o menores emancipados, estar trabajando o inscrito como demandante de empleo.
  4. Presentar anualmente la declaración de la renta.

Aunque se cumplan estas condiciones, no podrán acceder a ellas quienes tengan una prestación permanente y pública de servicio residencial social, sanitario o sociosanitario (residencias de mayores, por ejemplo), excepto las víctimas de violencia de género o trata y explotación sexual.

QUé es la vulnerabilidad económica

El acceso al IMV pone su ‘corte’ en cierta capacidad económica, a partir de la cual no se podrá solicitar. Para ello analiza la capacidad económica del solicitante, tanto si es una única persona como si es una unidad de convivencia. El proceso debe realizarse de la siguiente forma:

  1. Se analiza la unidad de convivencia. En el Anexo I se estipula qué IMV nos corresponde según el tipo de unidad de convivencia, mientras que el Anexo II marca el patrimonio máximo del que podemos disponer sin perder la prestación.
  2. Se calcula “el promedio mensual del conjunto de ingresos y rentas anuales computables de la persona beneficiaria individual o del conjunto de miembros de la unidad de convivencia, correspondientes al ejercicio anterior”.
  3. Si este promedio es al menos 10 euros inferior al IMV que nos correspondería, entonces podemos solicitar la ayuda.

Veamos dos ejemplos. Para un adulto el IMV ascendería a 5.538€ anuales, a menos que su patrimonio superase tres veces esa cantidad: (16.614€) o sus ingresos mensuales superasen los 451,5€. Para una unidad de convivencia formada por dos adultos y dos menores, la cuantía del IMV sería de 10.522€ y podrían solicitarla a menos que tuviesen un patrimonio conjunto de 36.551€.

Recordemos que el umbral de la pobreza era de 8.871 euros anuales a 2018, según el INE, para un adulto. Para una familia formada por dos adultos y dos menores era de 18.629€. Es decir, el IMV es una prestación que ayuda a alcanzar un nivel de dignidad económica muy por debajo del umbral de la pobreza. Esta es una de sus principales críticas.

¿Cómo está España respecto a otros países?

Hace unas semanas Andoni Montes publicaba con Fundación Alternativas un documento en el que se adelantaba al IMV, y que decía que “de diseñarse adecuadamente, homologaría el sistema de protección social español al de la mayoría de los países del entorno europeo”. Pero aún estamos bastante lejos.

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Como podemos ver en la gráfica del Eurostat, en cuanto al gasto en protección social, “España puntúa por debajo de la media de la zona euro, e incluso de la UE-27”. Montes confirma cómo una de las particularidades de España es la fragmentación del sistema de rentas mínimas, cuya eficiencia y equidad social dependen del territorio, con País Vasco a la cabeza.

Para Tena, “3.000 millones no es un gasto muy grande, corresponde apenas al 0,3% del PIB Español y sigue colocando a España varios puntos por debajo del gasto social de la gran mayoría de países de riqueza similar a la nuestra”.

«Se deja en la cuneta al 75% de las personas pobres, sin contar los nuevos pobres debido a la pandemia»

Una de las estimaciones de José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, era que esta renta llegaría a un máximo de 850.000 familias, que supondrían unas 2,3 millones de personas. Raventós advierte que “esto significa que se deja en la cuneta al 75% de las personas pobres, sin contar los nuevos pobres debido a la pandemia”.

En 2019 en España había 12 millones de personas pobres, de las cuales 2,5 millones sufrían privación material severa. Es decir, que este IMV queda muy lejos de cubrir las necesidades básicas españolas. “Algo es mejor que nada’ es un razonamiento que no puedo debatir, y bienvenidos sean, pero esto no es suficiente: es como poner una tirita en una herida en la yugular”, afirma Raventós.

seguimos por debajo de europa

En el informe ‘Los programas de rentas mínimas en España’, de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), podemos leer cómo “los programas de rentas mínimas presentan una elevada diversidad”, como no podía ser de otra forma. Algunos permiten acompañar la cuantía de otras prestaciones, otros no. Unos son centralizados, otros territoriales o mixtos.

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Con la entrada en vigor del IMV en la tabla habría que cambiar, para la fila de España, ‘territorial’ por ‘mixto’, dado que el País Vasco y Navarra seguirán con parte de las competencias de sus respectivos programas debido a su “régimen singular”, según Escrivá. De un modo menos críptico, la singularidad de estos territorios radica en que la protección social de sus programas es mayor.

En países como Alemania o Austria, que presentan niveles de descentralización territorial similares a España, podemos ver cómo la concesión y seguimiento de sus respectivas prestaciones se realizan a nivel territorial. En ambos países las competencias son de los länder o estados federados.

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Además de estas diferencias, podemos encontrar otras en las condiciones de acceso. La mayoría de los países europeos exigen ser mayor de edad para poder acceder a la prestación, a excepción de Austria, Bulgaria, Croacia, República Checa, Estonia y Finlandia.

Con respecto a las semejanzas, todos los países lo condicionan a la búsqueda activa de empleo, con algunas excepciones. Y en casi todos los países, salvo en Italia y Eslovenia, se mantiene el cobro de la prestación mientras haya cierto nivel de insuficiencia económica. Es decir, se seguirá aportando hasta que se logre una forma de ingresos.

¿Qué podemos esperar del IMV en España?

Tanto el IMV como cualquier otro tipo de renta, particularmente las no condicionadas, suelen ser muy criticadas tanto por ser deficitarias (no se espera extraer rédito, como ocurre con el transporte público) como por algunas consecuencias (algunas nunca vistas). En el caso del IMV, ¿no podría generar una migración masiva desde otros países?

«No se puede pedir al IMV evitar la presente recesión, para la que evidentemente no ha sido diseñado»

“El primer lugar, donde se implantó un sistema así fue en el País Vasco”, comenta Raventós. “Lo cierto es que no pasó nada, no hubo un desplazamiento masivo de población, y eso que lo tenían mucho más fácil desde Navarra o La Rioja que desde otros Estados al no haber trabas legales. No hace falta ser economista para entender que no sale a cuenta desplazarse y pasar varios años en un país extranjero a la espera de percibir una prestación que difícilmente llega al umbral de la pobreza”.

Lo que sí podemos esperar del IMV es que “tenga un impacto en la capacidad de consumo de algunas familias y, por tanto, en la demanda agregada”, puntualiza Tena. Aunque “hay que ser justos, y no se puede pedir al IMV evitar la presente recesión, para la que evidentemente no ha sido diseñado”, matiza Raventós. Amortiguará parte de la recesión, pero no de forma significativa. Incluso sin COVID-19 harían falta otras medidas complementarias.

hacen falta más herramientas

Tanto Montes, que recuerda un reciente informe sobre la eficiencia de gasto social en España en el que leemos que “el gasto social por sí solo no puede reducir la desigualdad”, como Lucía Gorjón hacen hincapié en la necesidad de “una apuesta por las políticas activas de empleo” y señalan la importancia de no considerar el IMV una panacea.

El ingreso mínimo vital no puede convertirse en la trampa de la pobreza, que Gorjón define como “un mecanismo por el cual los beneficiarios pueden decidir no trabajar más y vivir únicamente de esta prestación”, sino que ha de convertirse en una “ayuda temporal hasta que los perceptores encuentren trabajo”. Se trata de una herramienta de transición, no de estancia.

Por eso el IMV no se pierde al trabajar, dice Tena, sino que actúa “como complemento salarial” que “debería tener efectos positivos en términos de activación laboral”. Tal y como está redactado el decreto, el IMV se deja de percibir en tanto que se va superando la cuantía de sus ingresos.

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Imágenes | iStock/Sergiy1975

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